oncontextmenu='return false' onkeydown='return false'
Búsqueda personalizada
Mostrando entradas con la etiqueta SEGURIDAD SOCIAL. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta SEGURIDAD SOCIAL. Mostrar todas las entradas

sábado, 3 de noviembre de 2012

RAZONES PARA LA HUELGA GENERAL DEL 14 DE NOVIEMBRE

  


¿CUÁLES SON LAS RAZONES PARA HACER HUELGA EL 14 DE NOVIEMBRE?...


LA PRIMERA REFORMA LABORAL DE  FEBRERO: UN FRACASO.
1- LA REFORMA LABORAL PONE EN PELIGRO TU PUESTO DE TRABAJO Y TU SALARIO. TIENEN QUE RECTIFICAR.
 
La Reforma Laboral de febrero abarata y facilita los despidos. Desde su aprobación hay 500.000 parados más y se ha doblado el cierre de empresas. Si no rectifican tú puedes ser el próximo.
La Reforma Laboral dificulta la renovación de convenios colectivos. Cuando caduquen los convenios se cobrará el salario mínimo.
 
LA SEGUNDA REFORMA LABORAL DE JULIO: DE MAL EN PEOR
2- TENDRÁS MENOS COBERTURA EN CASO DE IMPAGO DE SALARIOS Y DE INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO.
 
La Seguridad Social (Fogasa) solo cubrirá 4 nóminas impagadas por la empresa en caso de cierre o despido, hasta ahora cubría 5. Se reduce un 34% la base de indemnización cubierta en caso de cierre e insolvencia de la empresa.
3- TE REDUCEN TU PRESTACIÓN POR DESEMPLEO. CADA VEZ MÁS DESEMPLEADOS Y LOS JÓVENES SIN FUTURO.
La política del ajuste duro nos lleva a los 6 millones de parados. El Gobierno ha cambiado la ley y ha reducido un 17% las prestaciones por desempleo: a partir del 6º mes si antes cobrabas 900€ ahora cobrarás 750€. También se elimina el subsidio para mayores de 52 años, se retrasa a los 55 años. En febrero desaparecerá la ayuda de los 400€.
Más de la mitad de la juventud de este país está desempleada. Tenemos dos opciones: el paro o emigrar. ¿Un país que da esas opciones a los jóvenes no está encaminado a la ruina?
4- TE SUBEN LOS IMPUESTOS, Y LO REGALAN A DEFRAUDADORES Y GRANDES EMPRESAS.
 
Aprueban una amnistía para los defraudadores que no pagan impuestos. No han hecho nada efectivo para recaudar los 70.000 millones de euros en dinero negro que hay en España cada año.
Por contra, desde 2010 se ha subido dos veces el IVA, ya vamos por el 21%. Esto perjudica a trabajadores: aumentan los precios y nos empobrece. También a pequeños empresarios porque reduce el consumo. También sube la Contribución, Combustibles, Luz, tasas de algunos Ayuntamientos, etc.
 
 
LA POLÍTICA DEL AJUSTE DURO: ¿TAMBIÉN PARA LOS QUE MÁS TIENEN?
5- REGALAN DINERO A LOS BANCOS, TE DESAHUCIAN Y ABANDONAN A PEQUEÑAS EMPRESAS.
 
Han regalado a los bancos 140.000 millones de euros de dinero de todos. Y a 400.000 familias en paro se las echa de sus casas y se las quedan los bancos, con la deuda pendiente.
A las pequeñas empresas se las asfixia negando el crédito. Las grandes empresas pagan menos impuestos, y se les traspasa servicios públicos para que hagan negocio.
  
6- SU MODELO: EDUCACIÓN DE CALIDAD PARA QUIEN PUEDA PAGARLA. TE RECORTAN EL FUTURO.
 
 
Las aulas cada vez con más alumnos. Se elimina la gratuidad de libros y transporte escolar. Menos becas. Recorte de 4.000 millones de euros de inversión en educación. Se despide a 5.000 profesores para atender a 10.000 alumnos más este año, ¿eso es garantizar la educación pública de calidad? El Gobierno de Cospedal quiere aumentar un 100% los colegios privados.
Aumentan las tasas de la Universidad. La nueva Ley de Educación es: educación para quien pueda pagarla.
7- TE RECORTAN EN SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES. REPAGAS MEDICAMENTOS.
 
El Gobierno del PP ha eliminado la gratuidad de muchos medicamentos y tratamientos. Aumentan las listas de espera. El transporte en ambulancia dejará de ser gratuito. Todo para favorecer que unos pocos hagan negocio con la salud de todos.
8- LA CRISIS COMO EXCUSA PARA DESTRUIR LOS SERVICIOS PÚBLICOS. RECORTAN A LOS EMPLEADOS DEL SECTOR PÚBLICO.
 
En dos años: Recortes de salarios del 30% y despido de más de 350.000 trabajadores públicos. Eliminación de la paga extra. ¿Así se soluciona la crisis o empeora? Están utilizando la excusa de la crisis para cargarse nuestros servicios públicos.  ¿Quién hará negocio con los servicios públicos desaparecidos o degradados?

¿QUÉ EXIGIMOS Y QUÉ PROPONEMOS?
 
-REFERÉNDUM SOBRE POLÍTICA DE RECORTES: que el Gobierno consulte a la ciudadanía sus políticas de ajuste, ya que no estaban en su programa electoral.
 
-RETIRADA DE LA REFORMA LABORAL.
 
-CAMBIO RADICAL DE ORIENTACIÓN POLÍTICA Y SOCIAL PARA ENFRENTAR LA CRISIS: la actual no sirve para crear empleo y agrava la situación. Es injusta y desequilibrada.  
 
-NUEVA POLÍTICA FISCAL PARA AUMENTAR INGRESOS: Reducción real del enorme fraude en impuestos. Retirada de amnistía a defraudadores. Recuperar impuestos del patrimonio y grandes fortunas. Impuestos a la banca y grandes empresas.
 
-RETIRADA DE LAS LEYES DE RECORTES DE PRESTACIONES A DESEMPLEADOS.
 
-MÁS PRESTACIONES POR DESEMPLEO Y GARANTIZAR LAS PENSIONES.
 
-PRIORIDAD PARA EMPLEO Y JÓVENES: en lugar de reducción drástica del déficit.
 
-INVERSIÓN ESTATAL PARA QUE SEAMOS UN PAÍS INDUSTRIAL COMPETITIVO: con inversión en investigación (I+d+i). Sistema educativo público de calidad y para todos.

HAZ HUELGA PARA QUE RECTIFIQUEN.
LA POLITICA DE AJUSTE DURO ES UN FRACASO Y ES INJUSTA.
HAY OTRAS ALTERNATIVAS POSIBLES.
HAZ HUELGA. NO COMPRES NADA. CIERRA TU NEGOCIO.
14-N UNA TAREA COMÚN.

14 DE NOVIEMBRE 2012 - HUELGA GENERAL
CONCENTRACIÓN en la Plaza Mayor de Mota del Cuervo
A las 12 de la mañana

HACER HUELGA EL 14-N ES LUCHAR POR TU TRABAJO,POR TU SALARIO, POR TUS DERECHOS.
DEMUESTRA QUE NO ESTÁS DE ACUERDO. DE TI DEPENDE 


Leer más sobre este artículo...

martes, 3 de abril de 2012

POWER POINT RESUMEN REFORMA LABORAL 2012

AQUÍ OS ADJUNTO UN DOCUMENTO QUE ANALIZA LA REFORMA LABORAL DE 2012, ELABORADO POR COMISIONES OBRERAS DE MOTA DEL CUERVO.
PARA VER EL DOCUMENTO: PINCHA AQUÍ. Leer más sobre este artículo...

miércoles, 31 de agosto de 2011

HABLA BAYLOS...EL ESTADO SOCIAL Y EL LIMITE AL DEFICIT PUBLICO

Publicado en el blog de Antonio Baylos, http://baylos.blogspot.com/ ,el 28 de Agosto de 2011.

Sorprendido el titular de este blog mientras realizaba sus tareas cotidianas en la cocina veraniega que caracteriza las vacaciones junto al mar por el anuncio de una reforma constitucional de tremendo calado, y después de leer la estupenda reflexión crítica que sobre este tema ha realizado Rafael Escudero en el diario "Público" de 24 de agosto, ha escrito el siguiente comentario que pretende hacerlo circular por si algún diario de ámbito y tirada nacional le apetece publicarlo. De momento, lo hace en el blog, en rigurosa primicia, para los lectores consumados del mismo, incluso en los calores estivos del verano.

Las constituciones democráticas promulgadas en Europa tras la desaparición de los regímenes fascistas parten del reconocimiento del poder constituyente como momento fundante del sistema democrático en un doble sentido, como rechazo del autoritarismo político y social del fascismo, y como pacto o compromiso constituyente refundador del Estado y de la convivencia civil. Este consenso constituyente no sólo abarca a los partidos políticos, sino más en general a los sujetos sociales portadores de un proyecto de sociedad y al conjunto de la ciudadanía que está convocada a participar en esta definición constitucional a través de la consulta popular o refrendaria. La constitución de un país requiere por tanto un amplio debate que culmina en un consenso entre diferentes líneas ideológicas y culturales que se replican en las diferentes fuerzas políticas que coinciden en este diseño. Eso explica la “rigidez” constitucional del constitucionalismo moderno, que prevé un procedimiento especial agravado para la reforma de la Constitución y la instauración de un control de constitucionalidad de las leyes a cargo de la jurisdicción ordinaria y, en última instancia, por el Tribunal Constitucional.

Esta posición especial de la Constitución como “un sistema de meta-reglas destinada a todos los poderes públicos, como garantía de los derechos de todos” (Ferrajoli) resulta claramente alterada por el proyecto de reforma propuesto por el gobierno y aceptada por el PP del art. 134 de la Constitución para imponer un techo al déficit público del 0,40% del PIB infranqueable por las estructuras del Estado y sus respectivas Administraciones, que entraría en vigor el año 2018. Al parecer se trata de una medida que será bien recibida por “los mercados” cuando renegociemos la deuda española a comienzos de octubre, y que ha sido recomendada por los gobiernos francés y alemán bajo el atractivo nombre de “regla de oro”. Como medida de política económica europea, se trata de una decisión muy ligada a la ortodoxia neoliberal, que al estar desvinculada de otras medidas económicas en el espacio europeo, como la reforma fiscal, el control de los mercados financieros, la creación de eurobonos y tantas otras modificaciones imprescindibles para configurar una verdadera política económica y fiscal común – siempre dentro de la lógica del capitalismo en la era de la globalización, por cierto - , coloca a España en una situación de desigualdad permanente en un equilibrio asimétrico de la llamada “gobernanza” europea. Pero además de ello, la imposición de un techo constitucionalmente definido al déficit público confunde lo que puede tratarse de una medida de política económica coyuntural frente a la crisis – o frente a la valoración de los mercados financieros de la deuda soberana – con la constitución de un proyecto permanente de regulación social y civil. Como medida de política económica – al margen de las críticas absolutamente generalizadas y razonables a la misma – la obsesión por reducir el déficit público sólo puede formalizarse en una ley, pero nunca integrar el marco constitucional de un Estado social y democrático de derecho.

Porque las consecuencias de insertar esta medida en el texto constitucional no se han valorado convenientemente. Desvirtúa directamente el modelo social y político por el que optó nuestra Constitución de 1978. Y no está originado, como la reforma de 1992 del art. 13 CE, por un cambio en la regulación constitucional europea y ampliar el derecho de voto a los ciudadanos de la Unión Europea. Ni el Tratado de Lisboa ni la Carta de derechos fundamentales de la Unión Europea, avalan esta medida, antes bien, mantienen la capacidad derivada del principio de subsidiariedad para que los Estados puedan cumplir por si solos las políticas sociales y los fines de protección de los derechos de libertad, igualdad y solidaridad que constituyen ese acervo democrático común europeo, el llamado “modelo social europeo” que descansa en las constituciones sociales de sus estados miembros.

La limitación del déficit público en los términos pactados está directamente relacionada con la cláusula social del art. 1.1 de la Constitución española, y esta a su vez con el art. 9.2 del mismo texto constitucional que obliga a los poderes públicos a una labor permanente de eliminación de las situaciones de desigualdad económica, social y cultural que dividen y fragmentan a los ciudadanos de un país. Al establecer de forma general y absoluta una prohibición para todos los organismos y administraciones del Estado de endeudarse más allá del 0,40% del PIB, está condenando a la inmovilidad a una buena parte de la acción de las políticas públicas de igualdad y de nivelación social. Con ello está impidiendo en la práctica la satisfacción eficaz de muchos derechos sociales reconocidos en la constitución para que se materialicen en la acción pública y no para que se les considere piezas declamatorias sin resultado real alguno en razón de una regla “técnica”, la imposibilidad de utilizar recursos presupuestarios públicos para poner en práctica actuaciones de nivelación social constitucionalmente garantizadas. El proyecto de reforma constitucional diseñado reconoce explícitamente la repercusión negativa de esta regla “neutra” sobre la cláusula social del art. 1.1 CE al prever como excepción el pago de prestaciones sociales como la del desempleo, estado de necesidad que tiene que ser protegido por la acción de los poderes públicos, como tantos otros derechos sociales a la protección social frente a la vejez o la invalidez, la salud, pero también la educación, la vivienda, el trabajo. En definitiva, el techo constitucional al déficit público afecta directamente a la función del Estado social, porque niega a los poderes públicos uno de los mecanismos importantes para encarar en un momento histórico determinado compromisos sociales que se han reconocido como derechos que requieren de la actividad prestacional del Estado y de las Comunidades Autónomas para su materialización efectiva. El caso de la dependencia parece suficientemente emblemático al respecto.

Pero además la reforma constitucional, cuya proposición de ley se registrará esta semana, para que el Congreso pueda aprobar el 30 de agosto su remisión al senado el 1 de septiembre, donde previsiblemente en una semana se adoptará sin problemas (¿?) el texto de la misma, busca expresamente que no haya ningún debate público sobre el contenido y las consecuencias de la misma. Eso implica que un cambio en la Constitución de una nación se pueda realizar en vacaciones, sin que los ciudadanos puedan ni siquiera reaccionar ante una modificación extremadamente importante de las condiciones de su convivencia social, y sin que desde luego éstos puedan participar mediante su voto en la aceptación o el rechazo de tal medida. Se llama “reforma constitucional express”, pero ese término no oculta su vocación antidemocrática. De esta manera en efecto se está vulnerando una regla básica del estado democrático de derecho al impedir conscientemente un debate público y ciudadano sobre un asunto de interés general con incidencia inmediata en la validez de las políticas públicas sociales y sobre la propia eficacia de los derechos sociales y colectivos. Es una reforma que sofoca la democracia y desconfía claramente del fundamento democrático y popular que sostiene el andamiaje de nuestra Constitución.

La reforma no puede prosperar por lealtad constitucional. Que no impone sólo el respeto a la unidad de España y a sus instituciones simbólicas, sino el más escrupuloso cumplimiento de las garantías democráticas y la preservación obligada de la función del Estado social como legitimación de la propia convivencia ciudadana. Los propios partidos políticos proponentes – PP y PSOE – pero fundamentalmente este último, que ha mantenido la superioridad de la constitución sobre las actuaciones políticas partidistas, deben revisar su postura. En el parlamento, los grupos minoritarios, tanto de izquierda, como nacionalistas, y una parte importante del propio grupo socialista, deberían manifestar su oposición a esta reforma por lealtad constitucional. Felizmente algunos – muy pocos, para consternación de los demócratas – ya lo han hecho. Hay que esperar que sigan aumentando las voces de oposición.

Pero el debate no es sólo parlamentario ni se puede encerrar en el circuito político-electoral. Los sindicatos como expresión potente del interés colectivo de los trabajadores y de la mayoría de la ciudadanía social, tienen que exigir de forma contundente al gobierno un paso atrás sobre esta decisión antidemocrática y antisocial que rompe el consenso constituyente del texto de 1978 que tanto sufrimiento costó a varias generaciones de trabajadores y trabajadoras españolas que con su lucha permitieron la instauración de una democracia. Y los fenómenos colectivos de agregación de intereses ciudadanos difusos que se están expresando en movimientos tan decisivos como el 15-M, tienen que redoblar su presión contra este auténtico golpe de mano contra el estado social y democrático que los españoles decidimos mayoritariamente como forma de regular las relaciones sociales de nuestro país. Por lealtad constitucional, todos estamos implicados y comprometidos en el rechazo de esta reforma vergonzante y vergonzosa de la Constitución. Leer más sobre este artículo...

jueves, 27 de enero de 2011

Todavía no está cerrado el acuerdo de pensiones

Según algunos medios de comunicación, ya existe acuerdo de pensiones entre Gobierno, patronal y sindicatos más representativos. Según la web del sindicato Comisiones Obreras, a lo largo de la mañana de hoy siguen las negociaciones, y en todo caso, el acuerdo final habrá de ser aprobado por su Consejo Confederal el próximo 1 de febrero.

La medida que más ha dado que hablar ha sido la del retraso de la edad de jubilación obligatoria hasta los 67 años.
En los últimos días y horas parece que esta propuesta del Gobierno está siendo modificada. Según las últimas informaciones la jubilación, con el 100% de lo cotizado, será a los 67 años para aquellos trabajadores que no hayan cotizado más de 38 años y medio a lo largo de su vida laboral.
Queda pendiente de aclarar multitud de aspectos que pueden hacer variar esta situación según las circunstancias personales de cada trabajador, según los años cotizados y su edad.
Según estos medios de comunicación, con más de 38 años y medio cotizados nos podremos jubilar con el 100% de lo cotizado a los 65 años. Hasta ahora eran necesarios 35 años para jubilarse con el 100% a los 65.
Pero parece que no va a ser obligatorio jubilarse a los 67 años si no se alcanzan los 38 años y medio cotizados sino que habrá reducciones en la pensión. Por tanto, la jubilación antes de los 67 será posible pero con una pensión menor. Incluso se podrá seguir solicitando la jubilación anticipada voluntaria a los 63 años, antes era a los 61, con un mínimo de años cotizados.

Quedan pendientes informaciones muy importantes. Sobre todo la que nos indique como calcular la pensión de jubilación, que hasta ahora se miraban los últimos 15 años cotizados, y parece que esto se ampliará hasta los 20 años. Este hecho es importante porque puede provocar importantes reducciones en las cuantías de las pensiones que cobraremos los trabajadores. Leer más sobre este artículo...

miércoles, 21 de abril de 2010

ABARATAR EL DESPIDO: LA FÓRMULA DEL GOBIERNO PARA CREAR EMPLEO



El Gobierno ha hecho una propuesta a sindicatos y patronal para reformar el mercado de trabajo y facilitar la creación de empleo. Aunque en su propuesta de este mes de abril hay aspectos poco claros, sí que hay una medida que sobresale claramente: Abaratar los costes del despido como fórmula para crear empleo.

La propuesta es extender el modelo de contrato con menor indemnización por despido (33 días) a todos los trabajadores. Y además que el Estado pague una parte (aún por determinar) de las indemnizaciones por despido. Es decir, extender un contrato con menores derechos a más trabajadores, y por otro lado, que a través de más impuestos o desviando gasto social paguemos entre todos parte de las indemnizaciones por despido a la que están obligados los empresarios. Dos medidas para abaratar los costes del despido, es decir, para facilitar el despido. Y ésto como fórmula para crear empleo.


¿Qué es el contrato de fomento de la contratación indefinida?

La propuesta principal consiste en reformar el actual Contrato de fomento de la contratación indefinida. Actualmente este contrato indefinido otorga subvenciones a los empresarios que lo utilicen para contratar a determinados colectivos de población: jóvenes entre 16 y 30 años, mujeres en general, mayores de 45 años, personas que llevan más de 6 meses en paro, personas con discapacidad, y algunos más. La bonificación en las cotizaciones que paga el empresario a la Seguridad Social llega, en el caso de contratar a un joven de 16 a 30 años, a descontar de las cotizaciones realizadas 800 euros al año durante un período de 4 años, es decir, 3.200 €.

Además, cuando se despide a un trabajador que tiene este contrato indefinido la indemnización que hay que ofrecerle es menor que la que se da en un contrato indefinido normal. En el contrato indefinido ordinario la indemnización es de 45 días de salario por año trabajado con un máximo de indemnización de 42 mensualidades. Con el contrato de fomento de la contratación indefinida la indemnización es de 33 días de salario por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades.

Pongamos un ejemplo para ver la diferencia: un trabajador tiene un salario mensual bruto de 1.200 € y lleva 5 años trabajando en la empresa cuando lo despiden de manera improcedente. Si este trabajador tuviera un contrato indefinido ordinario o normal recibiría una indemnización por despido de 9.000 €. Pero si tiene un contrato indefinido bonificado la indemnización será de 6.600 €.

¿Qué cambios en el despido propone el Gobierno?

El Gobierno propone extender la utilización de este contrato indefinido bonificado, no sólo a los colectivos antes descritos, sino a cualquier trabajador. Básicamente el único colectivo al que no se le podía contratar bajo esta modalidad eran los hombres entre 30 y 45 años.
Por tanto la propuesta es poder utilizar un contrato indefinido con una indemnización de 33 días por despido improcedente a todos los trabajadores, generalizarlo.

Esto iría ligado a cambios para que los empresarios puedan utilizar este contrato y despedir sin motivo con facilidad. Hasta ahora la indemnización de 33 días sólo se aplicaba si el despido del trabajador era un despido por causas económicas de la empresa y era declarado improcedente, sino el despido no se hacía así correspondía la indemnización de 45 días a pesar de ser un contrato bonificado. Pero el Gobierno propone que también se dé esta indemnización de 33 días cuando el despido sea un despido disciplinario improcedente, es decir, falso o sin causa. Al fin y al cabo facilitar y quitar trabas legales para que los empresarios no tengan reparos en utilizar este contrato, para que vean que van a poder despedir con libertad, sin control judicial o sindical, y pagando menos que antes.
Esta medida puede provocar un efecto de sustitución de los contratos indefinidos existentes por otros más baratos, y no de una disminución del uso de la contratación temporal ya que no se quiere penalizar y controlar su abuso.

¿Cómo abaratar el despido sin “eliminar derechos de los trabajadores”?: Pagando los despidos entre todos

En febrero de este año, el presidente del Gobierno Rodríguez Zapatero en rueda de prensa después de consejo de ministros hizo unas declaraciones poco claras. Recuerdo que anunció que el Gobierno iba a facilitar la utilización del contrato indefinido, reduciendo los costes al empresario, pero que los trabajadores en ningún caso verían reducidos sus derechos. La cuadratura del círculo, ¿cómo pretenderán hacerlo? Pues muy sencillo: los días de indemnización que recibe el trabajador no se reducen, pero de lo que recibe el trabajador una parte la vamos a pagar entre todos y no el empresario, con más impuestos, o bien desviando gastos actuales para subvencionar al empresario que despida.

Esta propuesta del Gobierno es que una parte de las indemnizaciones que dan los empresarios a los trabajadores que despiden sea pagada por el Estado. Se haría en los despidos objetivos y colectivos (ERE), es decir, despidos por motivos económicos, técnicos, organizativos o de producción.
El empresario despide, el trabajador recibe la indemnización que le corresponde, pero una parte de esa indemnización la asume el Estado. Según el Gobierno esto es “reducir costes del despido sin afectar los derechos de los trabajadores”. Sin duda, el derecho a cobrar la indemnización no se toca, pero será a través de los impuestos directos e indirectos, entre todos, con los que se subvencionará los despidos de los empresarios.

Sin duda el Gobierno está cayendo en el discurso neoliberal que argumenta que para crear empleo las leyes o derechos laborales de los trabajadores son negativos, que hay que desregular para facilitar la creación de empleo.
Además enmarca estas propuestas de abaratamiento del despido para los empresarios como una manera de reducir la distancia entre temporales y fijos. Pero la distancia entre fijos y precarios la quiere acortar reduciendo los derechos de los trabajadores indefinidos. Quizás el camino correcto y que beneficia a los trabajadores sería el de mejorar las condiciones de los temporales, y desincentivando al empresario a utilizar contratos temporales a través de mayores costes, de cotización, de indemnización por despido o de salario mínimo.

Objetivamente, la desregulación y el abaratamiento del despido provocan una mayor facilidad de despido y por tanto mayor destrucción de empleo. Subjetivamente se podría argumentar que el empresario tendrá menos reparos en contratar indefinidamente a alguien si luego va a ser más barato deshacerse de él cuando quiera. Pero creo más acertado pensar que hoy día el empresario medio, el de la pequeña empresa, el autónomo y el del pequeño comercio, no van a tomar la decisión de contratar a un trabajador por el mero hecho de que después vaya a ser más barato deshacerse de él. Contratarán, con la modalidad que sea, cuando vean que lo que produzca ese trabajador va a ser vendido o servido, es decir, cuando aumente su demanda.

La propuesta del Gobierno es fomentar la creación de empleo a través de minorar los derechos de los trabajadores y reduciendo los costes salariales del empresario, para crear puestos de trabajo que en un futuro serán más fáciles de destruir que hoy.

Leer más sobre este artículo...

lunes, 19 de abril de 2010

REFORMA LABORAL. PROPUESTAS Y MEDIDAS DEL GOBIERNO PARA REFORMAR EL MERCADO DE TRABAJO (ABRIL 2010)

El Gobierno del PSOE ha planteado, en fecha 12 de abril de 2010, un documento a sindicatos y patronal con una serie de propuestas de reforma del mercado de trabajo. En el documento de 14 páginas existen muchas divagaciones, pocos aspectos claros y concretos.

La dirección de las propuestas son: Abaratamiento de los costes de despido para el empresario; Rebaja de las cotizaciones sociales a empresarios a través de bonificaciones por contratación; Introducción de la empresa privada en los Servicios Públicos de Empleo; ETT en la Administración Pública y la Construcción; Menos derechos para los contratos formativos de los jóvenes; No penalización a los contratos temporales.

Las propuestas concretas y algunas de las líneas marcadas por el Gobierno recogidas en el documento son las siguientes:

1) COMO POLÍTICA DE REDUCCIÓN DE LA DUALIDAD EXISTENTE ENTRE TRABAJADORES TEMPORALES Y FIJOS.

-Ampliar la utilización del Contrato indefinido con indemnización por despido de 33 días de salario por año trabajado con un límite de 24 mensualidades a cualquier trabajador. Los empresarios podrán utilizar esta modalidad para contratar a cualquier trabajador, recibiendo subvenciones por ello. Se fomenta este contrato en lugar del contrato indefinido ordinario que tiene una indemnización de 45 días de salario por año trabajado con un límite de 42 mensualidades.

-Pago por parte del Estado de una parte de las indemnizaciones por despido que realicen las empresas por motivos económicos, como otra fórmula añadida para abaratar costes de despido.

-No aumentar la indemnización por finalización de los contratos temporales, que hoy es de 8 días de salario por año trabajado, ni aumentar los porcentajes de cotización a la Seguridad Social que pagan los empresarios al utilizar contratos temporales.

-Introducir reformas en la legislación laboral para clarificar las causas por las que se puede utilizar un contrato temporal.

-Aumentar las bonificaciones a los empresarios que utilicen el contrato a tiempo parcial, eliminando la posibilidad de realizar horas extraordinarias a estos trabajadores.

2) COMO POLÍTICA PARA FAVORECER EL EMPLEO DE LOS JÓVENES.

-Aumentar las subvenciones o bonificaciones a los empresarios que contraten a jóvenes entre 16 y 30 años.
-Aumentar las bonificaciones para convertir contratos formativos en contratos indefinidos.
-Aumentar la edad máxima con la que un trabajador puede ser contratado mediante un contrato para la formación hasta la edad de 24 años. Eliminación total de cotizaciones de empresarios y trabajadores a la Seguridad Social al utilizar el contrato para la formación.
-Eliminar la obligación que tenían las empresas de impartir formación teórica a los trabajadores con contrato para la formación. Ahora esa formación la impartirá y costeará el Estado.
-Crear un Plan de Empleo específico para jóvenes entre 16 y 24 años sin titulación académica.
-Subvencionar a las empresas que acojan a jóvenes entre 16 y 24 años sin formación para que trabajen realizando “prácticas”. Los jóvenes recibirán una beca mensual.

3) COMO POLÍTICA PARA MEJORAR EL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO.

-Autorizar a agencias privadas de colocación con ánimo de lucro a participar en la intermediación laboral, gestionando ofertas de trabajo del Servicio Público de Empleo.
-Mantener el número de orientadores contratados a partir del Plan extraordinario de 2008.
-Autorizar a las ETT (Empresas de Trabajo Temporal) a que puedan realizar sus actividades de cesión de trabajadores en sectores que hasta ahora estaban prohibidos, principalmente la Administración Pública y la Construcción.

4) COMO POLÍTICA DE REVISIÓN DE LAS BONIFICACIONES A LA CONTRATACIÓN.

-Eliminar parte de las bonificaciones a los empresarios que contrataban a determinados colectivos, para concentrarlas en dos colectivos: jóvenes de 16 a 30 años y mayores de 45 años, manteniendo las bonificaciones para las personas con discapacidad.

5) COMO POLÍTICA DE AJUSTES TEMPORALES DE EMPLEO.

-Otorgar ayudas económicas y bonificaciones (de más del 50%) de las cotizaciones empresariales a las empresas que realicen suspensión de contratos o reducciones de jornada de sus plantillas, en lugar de extinciones de contratos. Reforzando los ERE (Expedientes de Regulación de Empleo) temporales o de reducción de jornada frente a los ERE extintivos.


De las propuestas hay que destacar como muy negativo que la única propuesta para mejorar el funcionamiento del Servicio Público de Empleo y la intermediación laboral sea introducir empresas privadas en el mismo. ¿Acaso creen que lo público es ineficiente por naturaleza? La gestión de las ofertas de trabajo del Servicio Público de Empleo por parte de empresas privadas y la ampliación de la actividad de las ETT a los sectores en los que no podían hacer negocio, la Administración Pública o la Construcción, son las propuestas más negativas. Las otras propuestas a nivel general son de una visión liberal, basadas en reducir los costes de despido de las empresas o rebajar las cotizaciones a la Seguridad Social a través de bonificaciones, como fórmula para fomentar la creación de empleo. Además parte de ese ahorro de las empresas será repercutido en la población en general, con mayores impuestos o menores recursos destinados a gasto social.
Es muy negativo que no se contemplen medidas concretas para atajar la temporalidad en los contratos, uno de los principales problemas del mercado laboral: por ejemplo a través de unos mayores de costes de cotización, de indemnización por finalización o de salario mínimo superior. O limitando el número de encadenamiento de contratos temporales en cada puesto de trabajo y no por persona.
También es muy negativo fomentar la utilización de los contratos formativos para los jóvenes sin ninguna propuesta clara de mejora de sus condiciones, todo lo contrario. Sería positivo fomentarlo pero con la obligación, de empresario y trabajador, de cotizar a la Seguridad Social para que los jóvenes tengan derechos al terminar esos trabajos: derecho a la prestación por desempleo, cotización para la jubilación futura, incapacidades, etc.

Como medidas positivas hay que destacar el fomento de la utilización en las empresas con dificultades de la suspensión del contrato o la reducción de jornada como fórmula alternativa al despido, aunque es una medida que llegará “un poco tarde”. También es positivo el planteamiento de un Plan de Empleo específico para jóvenes sin formación, aunque no hay cantidades concretadas.
<---Segunda parte del texto --->
Leer más sobre este artículo...

miércoles, 10 de febrero de 2010

JUBILACIÓN A LOS 67. LA REFORMA DE LAS PENSIONES



RESUMEN en 1 minuto

El Gobierno del PSOE presentó una propuesta de reforma de las pensiones públicas. La medida principal consiste en retrasar la edad de jubilación a los 67 años, en lugar de los 65 actuales. En el contexto de la grave crisis económica, el Gobierno está recibiendo fuertes presiones. La Banca, la gran patronal (CEOE) y los organismos financieros europeos e internacionales presionan fuertemente para que el Gobierno realice reformas de carácter neoliberal. Estas reformas se basan en una fuerte reducción del gasto público del Estado, en la privatización de servicios públicos, en la rebaja de los impuestos a las empresas y en la eliminación o disminución de derechos laborales (llamada flexibilidad), manifestada esta última sobre todo en un ataque al derecho a la indemnización por despido.
El principal argumento para defender la medida de retrasar la edad de jubilación es que sobre el año 2030 ó 2040 la esperanza de vida habrá aumentando tanto que habrá el doble de pensionistas que hoy, y esto hará insostenible financieramente el sistema público de pensiones. Este argumento es exagerado. Evidentemente el sistema público de pensiones necesita reformas para que continúe su actual buena salud. Pero en primer lugar, antes de retrasar la edad legal de jubilación a los 67 años, deberían conseguir que los trabajadores se jubilen realmente a los 65, ya que hoy día la media de edad de jubilación está en 63 años. Por lo tanto, es prioritario actuar con medidas para acercar la edad real de jubilación (63) a la edad legal de jubilación actual (65), incentivando a los trabajadores para que continúen voluntariamente trabajando más allá de los 65 años y reduciendo y desincentivando las prejubilaciones.

Lo más grave, y que ya no tiene marcha atrás, es que con esta irresponsable propuesta se ha generado una gran desconfianza sobre la viabilidad futura del sistema público de pensiones. Se ha lanzado un mensaje a los trabajadores actuales de que sus futuras pensiones están en peligro o son inviables, por lo tanto, háganse un plan privado de pensiones. Hay que destacar que junto al retraso de la edad de jubilación el Gobierno propone reforzar los planes de pensiones privados que serían incentivados mediante beneficios fiscales (principalmente deducciones en la declaración de la renta).

En la propuesta existe una gran trampa, que es ideológica y que casi ningún medio de comunicación explica, y es que no está escrito en ningún sitio que las pensiones públicas sólo se pueden pagar con las cotizaciones sociales. La quiebra de las pensiones es una falsedad. Las pensiones también se pueden pagar con los impuestos generales, igual que se paga la educación o la sanidad.
Frente a las medidas planteadas por el Gobierno de recorte de gastos, se debe avanzar en otra dirección. Aumentar los ingresos de la Seguridad Social, creando más empleo (más cotizantes) y de más calidad (mejora de la productividad, de salarios y por tanto de cotizaciones), atajando la economía sumergida, el fraude fiscal y el uso fraudulento y abusivo de la contratación temporal, creando una política fiscal progresiva que financie mayores inversiones públicas, sobre todo en servicios sociales y escuelas de infancia que incentiven la incorporación de la mujer al mercado laboral.



JUBILACIÓN A LOS 67. LA REFORMA DE LAS PENSIONES

El Gobierno del PSOE presentó un documento para reformar el sistema público de pensiones el pasado 29 de enero de 2010. La medida principal y más mediática de ese documento consiste en retrasar la edad legal de jubilación hasta los 67 años. El principal argumento para defender esta medida es que, si sigue el ritmo demográfico actual, sobre el año 2030 ó 2040 la esperanza de vida habrá aumentando tanto que habrá el doble de pensionistas que hoy en día, y ésto hará insostenible financieramente el sistema público de pensiones. Lo cierto es que el Gobierno del PSOE está recibiendo fuertes presiones desde la banca, la gran patronal, el Banco de España, los organismos financieros europeos e internacionales para imponer una salida a la crisis actual que garantice sus privilegios y sus ingentes beneficios. Es decir, propuestas neoliberales que logren una determinada salida de la crisis, y que volverá a provocarla de nuevo en un futuro.
Lo más grave, y que ya no tiene marcha atrás, es que la irresponsable propuesta del Gobierno ha generado una gran desconfianza sobre la viabilidad futura del sistema público de pensiones. Se ha lanzado un mensaje a los trabajadores actuales de que sus futuras pensiones están en peligro, por lo tanto, háganse un plan privado de pensiones. Sin duda, los bancos deben estar frotándose las manos. Llevamos décadas asistiendo al bombardeo permanente de mensajes, sobre todo desde los servicios de estudios de la banca, de que las pensiones públicas van a “quebrar”. Pero estas afirmaciones son falsas.

EL PROBLEMA DEMOGRÁFICO

Entremos en el fondo de la cuestión y analicemos los argumentos esgrimidos para lanzar esa propuesta. El argumento sobre el progresivo envejecimiento de la población es exagerado. Desde 1980 hasta el 2005 ha aumentando en 4 años la esperanza de vida en España y, por lo tanto, se dice que sobre 2035 habrá aumentado otros 4. Pero la realidad es que el aumento de la esperanza de vida actual no se debe totalmente a que la gente viva más años, sino a que la mortalidad infantil y de los grupos de edad más jóvenes se ha ido reduciendo. En realidad, en estos 25 años la gente vive 2,6 años más y no 4. Dicho esto, tenemos que decir que sí es cierto que en un futuro el Estado tendrá que gastar mayor porcentaje de riqueza para pagar las pensiones. Pero hay que decir que hoy el Estado se gasta en pensiones el 9% del PIB y, según las previsiones, en 2050 nos gastaremos el 15%. Pero este porcentaje no es alarmante, es lo que ya se gastan algunos países en pensiones de la UE, como Italia.

Ante este hecho el Gobierno plantea retrasar la edad de jubilación, y otras medidas importantes que analizaremos en otro post, que significan reducir el gasto en pensiones.

¿CÓMO REDUCIR LOS GASTOS?

Evidentemente el sistema público de pensiones necesita reformas para que continúe su actual buena salud. En 2009, en el peor año de la crisis hasta ahora, la Seguridad Social obtuvo un superávit de 8.500 millones de euros, y para 2010 también se espera que sobre dinero. En primer lugar, antes de retrasar la edad legal de jubilación de los 65 a los 67 años, deberían conseguir que los trabajadores se jubilen realmente a los 65. Hoy día la media de edad de jubilación está en 63 años. Por lo tanto, es prioritario actuar con medidas que acerquen la edad real de jubilación (63) a la edad legal de jubilación actual (65). Estas medidas deberían ser principalmente aumentar los incentivos para aquellas personas que continúen trabajando más allá de los 65 años. Otras medidas positivas serían acabar con el abuso de las prejubilaciones, que incluso empresas que han obtenido beneficios las utilizan y lo acabamos financiando entre todos.


¿DE DÓNDE TENEMOS QUE SACAR EL DINERO PARA PAGAR LAS PENSIONES?

En la propuesta existe una gran trampa, que es ideológica y que casi ningún medio de comunicación explica, y es que no está escrito en ningún sitio que las pensiones públicas sólo se pueden pagar con las cotizaciones sociales. Las prestaciones de la Seguridad Social son un derecho reconocido por la Constitución (artículo 41). Si las cotizaciones sociales se agotan el Gobierno tendrá que pagar las pensiones con el dinero que obtiene de otros impuestos (IRPF, IVA, etc.). Eso de la quiebra de las pensiones es una falsedad. ¿Acaso la educación o la sanidad están en quiebra? Tanto educación como sanidad son gastos de los que no se obtienen ingresos directos y su coste se mantiene porque el Estado Democrático y de Derecho del que nos dotamos establece que son derechos universales y queremos que así siga siendo. Las pensiones son lo mismo. Otros países como Dinamarca pagan la mayoría de las pensiones con impuestos generales y no con impuestos sobre el trabajo (cotizaciones sociales).
Por tanto, si partimos de esta nueva premisa, independientemente de la situación demográfica a medio plazo, el sistema público de pensiones es perfectamente sostenible si no se pone la restricción de que todas las pensiones se paguen con cotizaciones sociales. Y esta restricción no se debe poner.

OTRAS ALTERNATIVAS: AUMENTAR LOS INGRESOS CREANDO MÁS Y MEJORES COTIZANTES

Enlazando con el tema de los datos demográficos hay que decir que lo realmente importante no es sólo la población existente en cada grupo de edad, sino el número de personas que trabajan y por tanto que cotizan y aportan dinero a la Seguridad Social. Y es más, importa que los sueldos de las personas que trabajan sean cada vez más altos para que coticen y aporten cada vez más a la Seguridad Social. Hay que tener en cuenta, por tanto, la cantidad de cotizantes y la calidad del empleo de esos cotizantes.

Es evidente que actualmente España tiene todavía una gran potencialidad para incorporar trabajadores al mercado laboral y por tanto aumentar el número de cotizantes a la Seguridad Social. Ésta debería ser la vía prioritaria para mejorar más todavía los ingresos de la Seguridad Social. Si consiguiéramos incorporar a las mujeres al mercado laboral al mismo nivel que la mayoría de países de la UE, si redujéramos significativamente el desempleo y los trabajadores a tiempo parcial que lo desearan trabajaran a tiempo completo obtendríamos cerca de 10 millones de trabajadores más, 10 millones de cotizantes más (Vicenç Navarro Los errores del determinismo demográfico: el caso de las pensiones, sistema digital). Para facilitarlo debería haber una gran inversión pública destinada a crear escuelas de infancia públicas (0 a 3 años) y a desarrollar la ley de dependencia priorizando el gasto en servicios, que generen puestos de trabajo directos (residencias, servicios domiciliarios, etc.), y disminuyendo la proporción de aportaciones de rentas directas.
Sin duda, la lucha contra la economía sumergida haría aflorar al mercado laboral legal muchos trabajadores que cotizarían a la Seguridad Social. Otras medidas encaminadas a aumentar el número de cotizantes y su calidad es incorporar a las trabajadoras empleadas de hogar en el Régimen General, aumentando las aportaciones de empresarios y trabajadores, así como de los trabajadores del campo, también en el mismo sentido. Así como otros colectivos como becarios.

A parte de que el Estado puede invertir dinero público y hacer reformas legales para conseguir aumentar el número de cotizantes, también se debe apoyar la mejora de la calidad de las cotizaciones. Hay que tener en cuenta que una mejora en la productividad de los trabajadores y las empresas, una mejora o aumento de los salarios, provocaría unas mayores cotizaciones a la Seguridad Social y una mayor recaudación vía impuestos. Por tanto esta es una vía para mejorar la Seguridad Social.
Pero establecer medidas en esta vía obtendrá resultados a medio y largo plazo. Estas medidas deben fundamentarse en una apuesta decidida por la formación, invirtiendo más en educación de los jóvenes y en la formación de calidad de los trabajadores y desempleados. Otro tanto sería apoyar la generación de tejido empresarial de calidad, de alto valor añadido, fomentando la inversión en I+d+i. También se tienen que establecer medidas encaminadas a que crezcan los empleos de calidad desincentivando la contratación temporal, gravándola con aumentos en los tipos de cotización y aumentando la inspección laboral para atajar el uso injustificado y fraudulento de estos contratos.


PROPUESTAS CONCRETAS PARA MEJORAR Y GARANTIZAR LA SEGURIDAD SOCIAL

Algunas medidas para aumentar los ingresos de la Seguridad Social
Aumentar los tipos de cotización para los empresarios que utilicen contratos temporales; Eliminar los topes máximos de cotización, para que todo el mundo cotice por el total de sus ingresos; Aumentar considerablemente el Salario Mínimo Interprofesional; Establecer un Plan Especial de Inspección tributaria y de trabajo para reducir el fraude fiscal y la economía sumergida; Incluir en el Régimen General de la Seguridad Social a los Trabajadores Agrarios, empleadas del hogar y becarios, aumentando las cotizaciones de empresarios y trabajadores; Inversión pública en escuelas de infancia públicas y servicios sociales de atención a la dependencia generando empleo directo, para facilitar la incorporación de la mujer al mercado laboral.

Otras medidas para disminuir los gastos de la Seguridad Social
Incentivar más el retraso voluntario de la jubilación más allá de los 65 años; Eliminar las subvenciones públicas a las prejubilaciones forzadas por las empresas, no facilitando las reducciones de las plantillas y penalizando las jubilaciones anticipadas a nivel general exceptuando colectivos de trabajos penosos o peligrosos; Disminuir las subvenciones en las cotizaciones para la realización de determinados contratos de trabajo.

Medidas para aumentar los ingresos del Estado vía impuestos
Aumentar la Inspección tributaria y de trabajo para reducir el fraude fiscal y la economía sumergida; Eliminar los beneficios fiscales para los planes privados de pensiones; Aumento del Impuesto de Sociedades a las grandes empresas con mayores beneficios económicos; Aumentar el tipo máximo de retención de IRPF; Aumentar la retención a los grandes beneficios de las rentas del capital (fondos de inversión, depósitos, SICAV, etc.).
Leer más sobre este artículo...

miércoles, 3 de febrero de 2010

CALCULAR LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN 2010

Ante los posibles cambios en el cálculo de la pensión de jubilación que está proponiendo el Gobierno he creído interesante, antes de analizar sus propuestas, explicar brevemente cómo calcular la pensión de jubilación a día de hoy.

¿Quién tiene derecho a la prestación?
Para obtener una pensión de jubilación se necesitan como mínimo 15 años de trabajo cotizado a lo largo de nuestra vida, y 2 de éstos 15 años deben estar cotizados dentro de los 15 años anteriores a la edad legal de jubilación, que son los 65 años.

Años tenidos en cuenta para calcular la cuantía

Para obtener la cuantía de la prestación primero nos calculan nuestra Base Reguladora. Esta Base Reguladora será una especie de "media" de lo cotizado en los últimos 15 años. Así, cogeríamos las últimas 180 bases de cotización por contingencias comunes anteriores al momento de la jubilación y las dividiremos entre 210. Es decir, si tenemos unas bases de cotización de 1.000 € x 180 serán 180.000, y si lo dividimos entre 210 nos da 857,14 €. (Hay que decir que estos cálculos son aproximados, las bases de cotización tenidas en cuenta se tienen que actualizar según haya subido el IPC durante esos años.)Por lo tanto la media de lo que hemos cotizado en los últimos 15 años se ve sesgada por ese "210".
Por tanto 857,14€ será nuestra base reguladora.

Cálculo de la cuantía de la prestación

Hecho ésto también se tiene en cuenta el total de años que hemos cotizado durante nuestra vida a la Seguridad Social para obtener la cantidad de lo que vamos a cobrar de pensión de jubilación. Si hemos cotizado al menos 35 años en toda nuestra vida cobraremos el 100% de la Base Reguladora obtenida anteriormente. Pero si hemos trabajado-cotizado menos años la Base Reguladora se irá reduciendo.
Si hemos cotizado 15 años a lo largo de nuestra vida,cobraremos el 50% de nuestra Base Reguladora (en el ejemplo 50% de 857,14€ son 428,57€). Por cada año que hayamos trabajado más de los 15 se suma un 3% o un 2% a partir de los 26 años cotizados.
Por otro lado hay que tener en cuenta que el resultado nunca podrá ser superior ni inferior a la pensión máxima o mínima establecida por el Gobierno para cada año.

Hay que añadir que si tenemos cotizados 35 años y tenemos los 65 años de edad, podemos seguir trabajando voluntariamente. En este caso,por cada año que sigamos trabajando nos aumentará un 2% nuestra Base Reguladora.

En un próximo post analizaremos algunas de las propuestas realizadas por el Gobierno a este respecto. Leer más sobre este artículo...

miércoles, 28 de octubre de 2009

¿POR QUÉ NO DEBE HABER REBAJA DE LAS CUOTAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL?

OS ADJUNTO UN EXCELENTE ARTÍCULO DEL PROFESOR JOAQUIN APARICIO, DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA, SOBRE LAS REBAJAS DE LAS COTIZACIONES SOCIALES QUE RECLAMA LA PATRONAL CEOE.

Publicado en el blog:
http://japariciotovar.blogspot.com/




Todo lo que concierne a la Seguridad Social es asunto muy delicado porque la Seguridad Social es el núcleo del Estado Social y Democrático de Derecho, sobretodo en un país como España en el que las políticas sociales más generales arrastran una histórica debilidad. La Seguridad Social no es otra cosa que la organización técnica de la solidaridad llevada a cabo por el Estado para poner a todos los ciudadanos al abrigo de las situaciones de necesidad y, de ese modo, avanzar en el camino de la igualdad, como quiere el art. 9.2 de la Constitución. Es hacer, como dijera Beveridge, que triunfe la libertad frente a la necesidad ya que un menesteroso no es libre y, por tanto no está en condiciones de gozar de los derechos fundamentales a todos reconocidos, no es, en definitiva, ciudadano. Por eso la Seguridad Social está en el pacto social fundante de la convivencia europea y está “blindada” por la Constitución con una garantía institucional. Esto quiere decir que incluso el máximo representante de la soberanía popular, el legislativo, tiene limitados sus poderes de configuración del Sistema de la Seguridad Social. Si el legislativo tiene limitados sus poderes, lo que es más que evidente ahora que está en medio de los trabajos para la renovación de los Pactos de Toledo, el Gobierno y los agentes sociales deben ser especialmente cautelosos en esta materia. Pero la prudencia y la cautela no parece que estén inspirando a la gran patronal, la CEOE, en la actual fase de concertación social al pedir una rebaja de las cotizaciones de 5 puntos, cifrada en 15.000 millones de euros. No hace falta ser actuario para darse cuenta de los efectos desastrosos que esa rebaja puede tener. Pero, sobretodo tan extemporánea pretensión es muestra de una posición ideológica inaceptable que en el fondo ataca al Estado Social y Democrático.Si como se acaba de decir, la Seguridad Social es la organización de la solidaridad por el Estado, eso implica necesariamente redistribución de rentas desde los que más a los que menos tienen. Los enormes recursos financieros que debe manejar el Estado en España están gestionados de modo ejemplar y con una eficacia modélica a la que no llega, ni de lejos, la que muestran los sistemas de ahorro previsional voluntario, pero para gestionar esos recursos antes hay que tenerlos. El modo de financiar la Seguridad Social puede hacerse mediante cuotas calculadas sobre los salarios, mediante impuestos generales o mediante un sistema mixto, como es nuestro caso. Con la separación de fuentes de financiación las prestaciones no asistenciales, llamadas “contributivas”, se financian básicamente con cuotas calculadas sobre salarios, mientras que las prestaciones asistenciales del Sistema y las sanitarias lo hacen mediante transferencias desde los presupuestos generales del Estado, es decir, mediante el sistema impositivo general. Esta separación es criticable porque está dando lugar a una ruptura regresiva del Sistema en dos compartimentos estancos que condena al asistencialismo a aquella parte de la población con carreras profesionales frágiles (los precarios) que les impiden cumplir los requisitos más duros exigidos para causar derecho a las prestaciones no asistenciales o contributivas. Es una erosión de la solidaridad.Enviar al asistencialismo a una parte de la población ya, en si mismo, es un grave problema porque este tipo de prestaciones exigen la prueba de la necesidad mediante la demostración de no sobrepasar un nivel de rentas muy bajo, pero lo es mas si la aportación de recursos para las prestaciones en este brazo del Sistema es débil. Para que estas prestaciones sean “suficientes” como quiere el art. 41 de la Constitución el sistema impositivo general debería ser progresivo y potente. Pero ya estamos viendo lo ampliamente extendida que está la moda de rebajar impuestos directos. La patronal, al mismo tiempo que pide rebajar las cotizaciones sobre salarios, lleva años pidiendo (y consiguiendo poco a poco) rebajas impositivas hasta el punto que puede decirse sin error que la progresividad fiscal en la práctica solo opera para los asalariados. Las prestaciones asistenciales, a pesar de las importantes subidas de los últimos años, son todavía tan pequeñas que difícilmente puede decirse que cubren los mínimos vitales de subsistencia.Las prestaciones no asistenciales, es decir, contributivas, se financian mediante cuotas sobre salarios. La financiación por cuotas tiene la ventaja de su seguridad, pues al ser un tipo de tributo con asignación finalista no puede dedicase más que a la garantía de las prestaciones previstas, con la particularidad de que el art. 86 LGSS expresamente prohíbe que los recursos obtenidos de este modo puedan dedicarse a prestaciones asistenciales, con el efecto erosivo señalado de la solidaridad. Al no poderse dedicar más que a garantizar las prestaciones algunos argumentan que es una especie de salario diferido. La rebaja de las cotizaciones ha sido una continua reclamación de los empresarios que ha sido en alguna medida atendida, pues lejos de haber sufrido algún incremento, como podría haber ocurrido, ha tenido lugar moderadas reducciones. Además disfrutan de bonificaciones por la contratación de grupos de trabajadores con especiales dificultades frente al empleo. A todo ello hay que adicionar que desde mitad de los años 80 del pasado siglo han visto mermada su aportación a la Caja Común de la Seguridad Social de manera significativa con la imposición de topes de cotización, que dan lugar a que una parte importante de los salarios más elevados este exenta de cotizar a la Seguridad Social. Pero la voracidad de nuestros empresarios hace que cualquier reducción sea insuficiente. Reducir las cuotas empresariales implica que a un plazo breve habría que endurecer los requisitos para causar derechos a las prestaciones no asistenciales o sin prueba de la necesidad, lo que daría lugar a expulsar a más trabajadores al brazo asistencial, pero si se hace caso a la otra reivindicación empresarial de reducción del impuesto de sociedades (el impuesto sobre el patrimonio ya está casi eliminado) la solución es clara: un extremado debilitamiento del Sistema de la Seguridad Social o aumentar los impuestos indirectos que recaen sobre todos, pero de esa manera no habría redistribución de rentas y se atacaría a la esencia misma de la Seguridad Social. Ambas cosas inaceptables desde el punto de vista constitucional y desde cualquier aspiración a una sociedad mas civilizada.


lunes 27 de julio de 2009 Leer más sobre este artículo...

jueves, 18 de diciembre de 2008

ELIMINAR EL TOPE MÁXIMO DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL




Estos últimos días estamos viendo como se alzan voces que reclaman cambios en la Seguridad Social. De nuevo se reúnen grupos políticos para, siguiendo las recomendaciones de los Pactos de Toledo, evaluar la situación de la Seguridad Social y estudiar medidas para su mejora.

Una de las recomendaciones que surgió de los Pactos de Toledo hace 12 años, fue realizar una mejora de las bases de cotización, donde éstas coincidiesen con los salarios reales, fijándose un único límite máximo de cotización que fijara el techo de aseguramiento del sistema público de protección. Antes, existían diferentes topes máximos de cotización para diferentes categorías.

En 1996 se firma el Acuerdo sobre consolidación y racionalización del sistema de Seguridad Social. Uno de los puntos acordados será el que establece que el límite máximo de cotización, el tope máximo, se incrementaría de acuerdo con el IPC previsto, pero compasando este límite con el máximo de cobertura que se establezca en el sistema público de pensiones, con la pensión máxima.

Teóricamente el tope máximo de cotización existe porque también existe un límite máximo de pensión de jubilación, que para 2008 es de 33.383,14€ anuales, 2.781,93€ mensuales repartidos en 12 pagas. Ya que no se puede cobrar más de eso de jubilación, a algunas personas les puede parecer lógico, y en aras a la famosa contributividad, poner un límite máximo a la cotización de los trabajadores.

En el blog de Joaquin Aparicio, catedrático de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, recoge un artículo donde habla de recomendaciones sobre la Seguridad Social. Al final realiza una propuesta: eliminar el tope máximo de cotización a la Seguridad Social. ¿Porqué?

Pues porque se entiende injusto que un trabajador que cobra 1.000 € al mes cotice por todo su sueldo (un 6,4% aproximadamente), pagando 64€ mensuales; y un trabajador que cobra 4.000 € al mes no cotice por todo su sueldo, que serían 256€ mensuales, sino que cotiza por el tope máximo (3.074,10€) pagando 196 €. La cuestión es que aquellas personas que cobran mucho, más de 3.074€ mensuales, no pagan impuestos por todo su salario, ya que se impone el tope máximo de cotización como base de cotización, pero los que cobran menos cotizan y pagan por todo su salario.

Otro ejemplo: un trabajador que cobra 3.074€ brutos mensuales paga a la Seguridad Social 196,74€, pues su sueldo bruto es igual al tope máximo de cotización. Y otro trabajador que cobra el doble, 6.148€, que los hay, pagará a la Seguridad Social lo mismo que el anterior, 196,74€, ya que cotizará según el tope máximo. El resto de su salario está libre de impuestos a la Seguridad Social.

En resumen, el tope máximo de cotización hace que aquellas personas que más cobran aporten menos a la Seguridad Social. Los mayores sueldos de este país son los que proporcionalmente menos aportan a la caja de la Seguridad Social.

En este sentido, el profesor Aparicio, propone eliminar este límite, entiendo que para que todo el mundo cotice por todo su salario y no se beneficien las rentas más altas. Además, esta medida supondría ingresos importantes para la caja de la Seguridad Social, lo cual sería beneficioso para un mejor funcionamiento del sistema público.

No es posible saber con claridad el número de personas que se verían afectadas por la medida de eliminar el tope máximo, y por tanto, el volumen de ingresos que supondría. No obstante alguna publicación económica consultada, cifra en un 10 por ciento el número de contribuyentes en el IRPF cuyas rentas salariales declaradas superan los 30.000 euros, lo cual indica que esa masa laboral, descontando los pensionistas que alcanzan esa cifra, está sujeta a cotización por base máxima, siendo este dato indicativo del posible numero de personas afectadas ahora y en un futuro.

Esta medida también afectaría a aquellas personas que en algún momento de su vida laboral ejercen el pluriempleo.

Más allá del incremento de ingresos que supondría, con la eliminación del tope máximo de cotización se atajaría un problema de injusticia, ya que los salarios más altos, al no cotizar por todo, aportan menos en términos relativos.

Hasta aquí estoy totalmente de acuerdo con la idea de hacer que quien más gana sea quien más aporte a la Seguridad Social, no como ahora que es justo lo contrario.

Pero la apuesta de eliminar el tope máximo de cotización, por sí sola, podría tener otras consecuencias:

Si se puede cotizar sin límite a la Seguridad Social se podría llegar a obtener la pensión máxima a través de una cotización más fuerte durante los últimos años contabilizados para establecer la pensión. Se podría propiciar el aumento artificial de la base reguladora durante los últimos años de cotización de la vida laboral, lo cual está algo limitado hoy en día. Podrían aumentar el número de personas que consigan la pensión máxima. No sería fácil, pero se podría dar el caso, o sea, que la picaresca podría utilizarse en perjuicio de la Seguridad Social.

Por eso, estaría de acuerdo con la medida de eliminar el tope máximo de cotización si se limitara de alguna manera la posibilidad de aumentar artificialmente la base reguladora en los últimos años de cotización de la vida laboral. Una opción sería que se cotice y se pague por todo el salario percibido, pero que la base reguladora que se tome en cuenta para el cálculo de las pensiones se limite.

No estaría de acuerdo con eliminar el tope máximo de cotización si se piensa también en eliminar la pensión máxima.

En estos momentos es más necesario que nunca defender el sistema público de protección social, por su carácter solidario, financiado por un sistema de reparto, público, sometido a control social y político, garantizando sus efectos de cohesión social y económica.
Es importante por la redistribución de rentas que realiza, es decir, quien más tiene paga más, y se reciben prestaciones que no son proporcionales a las cantidades cotizadas, sino que hay una compensación.

Además, el sistema público de pensiones, a través del proceso de cotizaciones, tiene capacidad para redistribuir la renta entre generaciones distintas. Incluso, hay que destacar como positivo también, el papel de caja única estatal, siendo uno de los principales mecanismos de que se dispone para redistribuir la renta de manera interterritorial, para favorecer a los territorios con menores posibilidades.

El principio de solidaridad y redistribución de rentas debe estar por encima del principio de contributividad.

El desarrollo de los sistemas de Seguridad Social en Europa son una de nuestras principales conquistas como sociedades, siendo uno de los signos de identidad del modelo social europeo, diferente, por ejemplo, del de los Estados Unidos. Hoy más que nunca es necesario defenderlo, y en países como España, profundizarlo mucho más.
Leer más sobre este artículo...